La UIF (Unidad de Información Financiera), mediante la sanción de la Resolución 99/2023 ha establecido nuevos requerimientos a las entidades que son sujetos obligados al operar con el servicio de créditos.

A los requerimientos existentes, se agregan entre otros, contar con un código de conducta, clasificar a sus clientes en de bajo riesgo, riesgo medio y riesgo alto y en función a ello cumplir con la debida diligencia. Estableció además reportes sistemáticos a enviar a la UIF y la actuación de un Revisor Externo Independiente a partir del ejercicio 2024.

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